¿Sabías que en Jalisco podrías estar pagando por una casa que realmente no existe?
Detrás de muchos desarrollos inmobiliarios se esconden conductas que encuadran perfectamente en tipos penales específicos, donde desarrolladores utilizan contratos de promesa como una herramienta de engaño para captar anticipos millonarios que nunca se traducen en ladrillos.
En el contexto actual, el fraude inmobiliario no es solo un incumplimiento de contrato civil, es un delito patrimonial ejecutado con dolo que busca obtener un beneficio indebido a costa del patrimonio del comprador.
Antecedentes
El panorama de la justicia penal en el estado de Jalisco presenta desafíos críticos, ya que, según datos obtenidos de la Vicefiscalía en Investigación Regional, entre 2020 y mayo de 2025 se iniciaron 343 indagatorias por delitos patrimoniales.
Esta cifra es alarmante. El sistema se enfrenta a un crecimiento desmedido de inmobiliarias fraudulentas, ya que el número de denuncias por fraude en Jalisco ha escalado de manera dramática; pasando de 6,960 casos en 2018 a más de 10,266 al cierre de 2023, según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Aunque las plataformas digitales reportan una ligera baja en incidentes durante 2025, la realidad jurídica indica que el delincuente inmobiliario ha sofisticado sus métodos para camuflarse entre la gran cantidad de inmobiliarias que ofertan sus servicios día con día.
Desde la perspectiva del Código Penal del Estado de Jalisco, estas conductas están claramente sancionadas. El Artículo 250 establece que comete fraude quien, engañando o aprovechándose del error, se haga ilícitamente de una cosa o alcance un lucro indebido.
En el sector de las preventas cobran especial relevancia las disposiciones del Artículo 252:
- Fracción VI: sanciona a quien recibe el precio de una cosa y no la entrega en el plazo convenido.
- Fracción XI: castiga a quien ofrece servicios de construcción y no aplica los recursos obtenidos para tal objeto.
Estos vicios, comúnmente disfrazados como “problemas administrativos”, son en realidad elementos constitutivos de un delito penal que requieren una estrategia de litigio sólida.
¿Cómo prevenir ser víctima de este tipo de delitos?
“La prevención cdesde un enfoque de cumplimiento legal es la única barrera real contra la victimización”.
Un esquema de fraude suele presentar señales claras:
- Precios sospechosamente bajos (10% o más por debajo del mercado).
- Presión para realizar pagos anticipados bajo el argumento de “apartados”.
- Falta de acreditación de la propiedad.
Antes de entregar cualquier capital, es indispensable realizar una auditoría legal que incluya:
- Verificación en el Registro Público de la Propiedad.
- Consulta de antecedentes en el Boletín Judicial.
- Validación de la empresa en la plataforma SIGER.
Incluso aspectos como los vicios ocultos, aparentemente menores, pueden constituir una falta reclamable si se acredita el dolo de ocultar información para inducir al error al comprador.
Propuesta
En Hernández, Godínez & Martínez Abogados, S.C. (HG Abogados), entendemos que la protección del patrimonio requiere una visión experta en el área penal y de cumplimiento.
Nuestra firma no se limita a revisar la superficie de un contrato; profundizamos en su estructura legal y fiscal para identificar riesgos delictivos antes de que ocurran.
Contamos con un grupo de especialistas dedicados a brindar servicios jurídicos y fiscales de alta especialidad, asegurando que cada transacción inmobiliaria cuente con un blindaje penal preventivo.
Bajo un estricto código de ética y confidencialidad, acompañamos a nuestros clientes para que la firma de su contrato sea el inicio de un patrimonio seguro y no de un proceso judicial.