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Lic. David Guillermo Magaña Sandoval – Abogado del Área de Derecho Mercantil en HGAbogados

En el dinámico mundo empresarial; enfrentar dificultades financieras es una realidad que algunas empresas deben abordar. En México, el Concurso Mercantil se erige como un proceso legal crucial para afrontar la insolvencia y buscar soluciones que permitan la supervivencia o la liquidación ordenada de las empresas en apuros financieros.

 

¿Qué es el Concurso Mercantil?

 

El Concurso Mercantil, regulado por la Ley de Concursos Mercantiles en México, es un mecanismo legal diseñado para gestionar la insolvencia empresarial. Este proceso tiene como objetivo principal permitir la reestructuración y la continuidad de las empresas insolventes o deudoras; protegiendo los derechos de los acreedores. Se entiende que una empresa ha incurrido en el incumplimiento generalizado de sus obligaciones cuando no realice el pago de dos o más acreedores distintos y se encuentre en las   siguientes condiciones:

 

  1. Que, de aquellas obligaciones vencidas, las que tengan por lo menos treinta días de haber vencido, y que representen 35% o más de todas las obligaciones a cargo del comerciante a la fecha en que se haya presentado la demanda o solicitud de concurso.
  2. El Comerciante no tenga activos para hacer frente a por lo menos el 80% de sus obligaciones vencidas a la fecha de presentación de la demanda o solicitud.

 

Fases y Órganos del Concurso Mercantil:

 

  1. Declaración de Concurso:

 

La ley de la materia establece que el concurso mercantil podrá ser solicitado por el comerciante, o bien, demandado por alguno de sus acreedores, Ministerio Público, y antes de que pueda ser declarado como tal; se practica una visita de verificación por parte de un especialista, quien, con base en la información contable y financiera del comerciante, dictaminará si se encuentra en el supuesto de incumplimiento generalizado para que sea declarado formalmente el concurso mercantil.

 

Cabe destacar, que la resolución judicial que declare el Concurso Mercantil podrá contener múltiples efectos jurídicos que beneficiarán a todas las partes involucradas, tanto levantamientos de medidas precautorias decretadas a favor de terceros (en beneficio de la empresa concursada), así como reestructurar la orden de prelación en el pago a favor de los acreedores que no pudieron ser previamente escuchados ni procesados, incluyendo otras diversas providencias precautorias en materia penal que pudieran robustecer y garantizar las resultas del proceso.

 

  1. Partes del Concurso:

 

Una vez decretado por parte del Juzgado Competente el que la empresa ha caído en los supuestos para declararse en Concurso Mercantil, se designa a un Conciliador y un Síndico.

 

El Conciliador busca acuerdos entre el deudor y los acreedores, mientras que el Síndico administra y liquida los bienes en caso de quiebra.

 

Durante el proceso también existirán otras figuras o dependencias que fungirán como interesados, como lo pueden ser, acreedores, Secretaría de Hacienda (a través de sus órganos facultados), Ministerio Público, el Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles, etc.

 

  1. Etapa de Conciliación:

 

En esta primera etapa denominada “Conciliación”, se busca la reestructura del concursado mediante la suscripción de un convenio en el que éste y sus acreedores (proveedores, clientes, fisco, etc.) se ponen de acuerdo para determinar la forma de pago de los créditos/deudas mediante una quita o una espera, proceso en el que interviene la figura del Conciliador.

 

  1. Plan de Reestructuración:

 

Celebrado el convenio concursal, se da por terminado el procedimiento y el comerciante en reestructura debe proceder al pago en cumplimiento al convenio pactado y podrá continuar con su empresa; la LCM determina que dicha etapa tiene una duración máxima de un año, la cual consta primero de un plazo de ciento ochenta y cinco días, con la posibilidad de solicitar dos prórrogas sucesivamente de noventa días cada una; en caso de que no se llegue al convenio durante ese plazo de duración de la conciliación, tendrá que procederse a la segunda etapa, también conocida como “Quiebra”. 

 

  1. Etapa de Quiebra:

 

Ahora bien, la segunda etapa del Concurso Mercantil conocida como la “Quiebra”, es la etapa en la cual se procede a la venta de los bienes propiedad del comerciante para pagar a sus acreedores.

 

En dicha etapa es precisamente el Síndico quien llevará la administración de la empresa y se encargará de fungir como ejecutor, terminando con las deudas de la empresa en un reparto concursal proporcional que deberá de darse conforme a una sentencia que establezca el orden de a quiénes se les pagará primero y a quiénes después.

 

  1. Conclusiones:

 

Ante lo anteriormente comentado; podemos concluir que el Concurso Mercantil desempeña un papel crucial en el ecosistema empresarial, proporcionando un marco legal para manejar las dificultades financieras en el que pudieran incurrir los comerciantes de manera ordenada y justa.

 

Así mismo, permite a los comerciantes buscar soluciones viables, ya sea a través de la reestructuración o la liquidación de activos, protegiendo los intereses tanto de los acreedores como de órganos gubernamentales.

 

            Por último, recordamos que en HGAbogados activa y constantemente nos encontramos representando tanto al comerciante (empresa que inicia por su propia cuenta la solicitud de declaración de concurso) como a acreedores, teniendo múltiples resultados exitosos a favor de nuestros clientes y amigos.

 

Atentamente, Guadalajara, Jalisco a Noviembre de 2023.

 

 

 

 

QUINTANA ADRIANO,

———, “Concursos mercantiles. Doctrina, ley, jurisprudencia, 2a. ed.,” México, Porrúa, 2003.

———, “Ley de Concursos Mercantiles”, Enciclopedia jurídica mexicana, Porrúa-UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2002.

RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, Joaquín, Ley de quiebras y suspensión de pagos, concordancias, anotaciones, exposición de motivos, México, Porrúa, 1997.

 

Legislación

Código de Comercio.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.

Diario Oficial de la Federación.

Ley de Concursos Mercantiles de 2000, Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 2007.

Ley General de Sociedades Mercantiles.

Reglas de Carácter General ordenadas por la Ley de Concursos Mercantiles, Diario Oficial de la Federación del 8 enero de 2008.

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