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EL DERECHO LABORAL EN MÉXICO Y SUS PRINCIPIOS

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EL DERECHO LABORAL EN MÉXICO Y SUS PRINCIPIOS

Mtro. Juan Francisco Asencio Dávila – Socio del Área de Derecho Laboral en HGAbogados

El derecho laboral, es una rama del derecho con principios y normas jurídicas que tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Estas normas regulan las relaciones entre el trabajador y el patrón; el contrato de trabajo; las condiciones de trabajo tales como la jornada laboral, el salario, los días de descanso, las vacaciones, entre otras; las formas de terminación de la relación laboral y la seguridad social.

El actual sistema legal tiene sus orígenes en la Revolución Mexicana de 1910–1920, la cual crea la Constitución de 1917. El Artículo No. 123 de la Constitución da a los trabajadores el derecho de organizarse en sindicatos y realizar huelgas.

Los principios generales del Derecho del Trabajo son aquellas líneas directrices o postulados que inspiran el sentido de las normas laborales y configuran la vinculación de las relaciones de trabajo con arreglo a criterios distintos de los que pueden darse en otras ramas del Derecho.

El principio protector parte de una desigualdad, por lo que el derecho laboral trata de proteger a una de las partes del contrato de trabajo para equipararla con la otra, y cuenta con 3 reglas:

  1. Regla más favorable: cuando existe concurrencia de normas, debe aplicarse aquella que es más favorable para el trabajador.
  2. Regla de la condición más beneficiosa: una nueva norma no puede desmejorar las condiciones que ya tiene un trabajador.
  3. Regla in dubio pro operarium: entre interpretaciones que puede tener una norma, se debe seleccionar la que más favorezca al trabajador.

El principio de irrenunciabilidad de derechos trata que el trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de los derechos y garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio.

El principio de supremacía de la realidad dicta que no importa la autonomía de la voluntad, sino la demostración de la realidad que reina sobre la relación entre trabajador y empleador. Así, ambos pueden contratar una cosa, pero si la realidad es otra, es esta última la que tiene efecto jurídico.

El principio de razonabilidad establece que tanto el trabajador como el empleador deben ejercer sus derechos y obligaciones de acuerdo a razonamientos lógicos de sentido común, sin incurrir en conductas abusivas del derecho de cada uno.

El principio de la buena fe es una presunción: se presume que las relaciones y conductas entre trabajadores y empleadores se efectúan de buena fe. Por el contrario, aquel que invoque la mala fe, debe demostrarla.

Guadalajara, Jalisco marzo de 2022.

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