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REFORM AIMS TO MAKE DIVORCED MOTHERS NO LONGER HAVE AUTOMATIC CUSTODY OF CHILDREN UNDER 7

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REFORMA PRETENDE QUE LAS MADRES DIVORCIADAS YA NO CUENTEN CON LA CUSTODIA AUTOMÁTICA DE LOS HIJOS MENORES DE 7 AÑOS

Paola García Galván – Abogada del Área de Derecho Corporativo en HGAbogados

En la actualidad, hay dos figuras jurídicas que suelen confundirse o se cree que los derechos y obligaciones de una y otra surgen al momento en el que se lleva a cabo la separación de los padres; estas figuras son la patria potestad, guarda y custodia.

Para comenzar con el presente artículo informativo, es necesario diferenciar ¿qué es la patria potestad? y ¿qué es la guarda y custodia?, la primera de éstas se define como los derechos y obligaciones que los padres tienen para con sus hijos niños, niñas y adolescentes, así como en relación con sus bienes; los padres tienen respecto de sus hijos la representación legal y la protección física, moral, social, psicológica, derecho de corrección y guardia y custodia. Por otro lado, la guarda y custodia se deriva de la patria potestad y esta consiste en los derechos y obligaciones que los padres tienen para con sus hijos. 

La Cámara de Diputados aprobó modificar el artículo 282 del Código Civil Federal en su fracción VI, en el que se deroga que, al admitirse la demanda de divorcio, los menores de 7 años deberán quedar al cuidado de la madre. 

Con 476 votos a favor en lo general y en lo particular, los diputados avalaron estos cambios al considerar violatorio el principio de igualdad entre hombres y mujeres.

Los padres divorciados o separados tendrán la decisión respecto a cuál de ellos tendrá la guarda y custodia o si en su caso esta será compartida por ambos, esto se hace mediante convenio para poder determinar con quién de ellos vivirán los hijos menores o especificar si vivirán por períodos determinados, en este mismo convenio se plasman los regímenes de convivencia y de alimentos, y posteriormente, el juez competente será el encargado de ratificar lo que hayan acordado. En caso de que estos no puedan llegar a un acuerdo, el juez competente decidirá estos temas a través de los procedimientos previstos en la ley vigente de la materia. 

El dictamen ya fue enviado al Senado y se encuentra en discusión para su aprobación, en caso de que se aprobará este sería un gran cambio para proteger el principio de interés superior del menor.

Si tienes dudas o estás en busca de asesoría respecto a temas relacionados a lo anterior, puedes contactar a nuestra firma HGAbogados.

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