El 3 de abril de 2026 se publicó en el DOF el Decreto que reforma y adiciona la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. La reforma busca agilizar trámites, favorecer la transferencia de tecnología e incorporar lenguaje inclusivo; sin embargo, en sus deficiencias se tiene que no fortaleció puntos clave para poder hacer ejecutables las reclamaciones de daños y perjuicios.
Puntos clave
- Lenguaje inclusivo en todo el cuerpo normativo
- Solicitud provisional de patente habilitada.
Plazos máximos de resolución por el IMPI
- 1 año: patentes, modelos de utilidad y diseños industriales
- 2 meses: esquemas de trazado.
- 5 meses: registro de signos distintivos.
- 5 meses: resolución de oposiciones en denominaciones de origen/indicaciones geográficas.
- 2 meses: autorización de uso de denominaciones de origen e indicaciones geográficas.
- Procedimiento para emisión de resolución obligatoria por silencio administrativo; creación del Comité Técnico Especializado para resolverlo.
- Restauración de la fecha de prioridad (patentes y diseños industriales) y restablecimiento de derechos de la solicitud de patente.
- Reclamo de titularidad de patentes, modelos de utilidad y diseños industriales reconocido.
- Certificados complementarios de protección por retrasos injustificados en autorizaciones de comercialización.
- Nuevos impedimentos para el registro de marcas: no se otorgarán registros cuando el signo sea igual o semejante a títulos de publicaciones periódicas, personajes ficticios/simbólicos o humanos de caracterización, nombres artísticos, denominaciones de grupos artísticos, ni elementos del patrimonio cultural de pueblos indígenas o afromexicanos.
- Inclusión de nuevas marcas no tradicionales: de posición, de movimiento y multimedia (no se incluyeron las marcas gustativas).
- Distinción legal entre examen de forma y examen de fondo en registros de signos distintivos.
- Inscripción obligatoria de cambios de nombre/razón social del titular de un registro.
- Consideración del ambush marketing como competencia desleal.
- Sanción de conductas infractoras, aunque hayan sido cometidas mediante Inteligencia Artificial.
- Facultades al IMPI para regular presentación y resolución de procedimientos administrativos por medios electrónicos.
- Nuevas atribuciones del IMPI: asesoría jurídica en acuerdos de transferencia de tecnología; cooperación con la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación; promoción de sistemas de cumplimiento normativo en PI.
- La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación se incorpora a la Junta de Gobierno del IMPI.
- Entrada en vigor: al día siguiente de su publicación.
Implicaciones prácticas
- Mayor certidumbre y tiempos máximos para trámites ante el IMPI; posibilidad de resolver casos por silencio administrativo.
- Nuevas herramientas para proteger invenciones y obtener compensaciones por demoras regulatorias.
- Ampliación de tipos de marcas registrables y mayores limitaciones por protección cultural y derechos de terceros.
- Obligaciones administrativas adicionales (cambios de razón social, presentación electrónica).
- Atención especial a titularidad y uso de IA en procesos y conducta infractora.
¿Necesitas asesoría?
Si tu empresa, proyecto o portafolio de propiedad industrial puede verse afectado por estas modificaciones (patentes, marcas, diseños, denominaciones de origen o acuerdos de transferencia de tecnología), agenda una cita. Te ayudamos a revisar solicitudes en curso, evaluar riesgos y actualizar políticas internas de cumplimiento.