Yahir Carrillo Magdaleno – Auxiliar Jurídico del Área de Derecho Penal en HG Abogados
El miércoles 13 de noviembre del presente año la cámara de diputados aprobó una reforma constitucional que aumenta el número de delitos que ameritan prisión preventiva de oficio, una figura cuestionada por diversas oenegés y la ONU.
Con la mayoría calificada de 355 votos a favor, 108 en contra y cero abstenciones, la cámara de diputados aprobó en lo general y en lo particular con cambios, el dictamen que reforma el párrafo segundo del articulo 19 de la constitución, en materia de prisión preventiva oficiosa.
Con el dictamen que reforma el articulo 19 de la Constitución se incluirían los siguientes delitos que serán aplicables a prisión preventiva oficiosa.
Extorsión
Contrabando
Comercialización de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes o falsas
Fabricación, comercialización, transportación, importación y exportación de drogas sintéticas
Posturas de los legisladores
Favor
Es una medida necesaria para enfrentar la coyuntura delictiva del país.
A contribuido a disminuir los índices delictivos
Contra
Va en contra de los tratados internacionales.
Viola los derechos humanos, afectando desproporcionalmente a las personas de bajos recursos, además de en algunas ocasiones haber sido utilizada de manera arbitraria.
Aunque la Constitución mexicana establece que la prisión preventiva tiene un limite de dos años, cientos de personas aun están en las cárceles esperando sentencia, y de acuerdo con el INEGI hasta el 2023 en México el 43% de la población privada de la libertad estaba bajo la figura de la prisión preventiva de oficio.
¿En qué consiste la figura de la prisión preventiva oficiosa?
La prisión preventiva de oficio fue incorporada a la Constitución mexicana en 2008, es el recurso legal con el que se puede encarcelar de manera automática u oficiosa a las personas inculpadas por un crimen “grave” sin un juicio ni sentencia, mientras la fiscalía continua la investigación y se le da apertura al juicio.
Su objetivo como dice su nombre y al ser una medida cautelar es prevenir la obstrucción u obstaculización de la investigación de una manera radical, que a consideración de algunas oenegés es violatoria de derechos humanos.